NOM-035: qué pide, y por qué una encuesta no basta
La norma lleva vigente desde 2019. Esto es lo que exige, qué se tiene que poder demostrar y dónde se rompe la implementación.
Qué es, en una línea
La NOM-035-STPS-2018 obliga a los centros de trabajo en México a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, y a promover un entorno organizacional favorable. No es una recomendación: es una norma oficial mexicana y la Secretaría del Trabajo puede pedir evidencia de su cumplimiento.
Qué te toca según tu tamaño
Las obligaciones cambian con el número de personas trabajadoras. A grandes rasgos:
| Requisito | ¿Aplica a tu centro de trabajo? |
|---|---|
| Política de prevención de riesgos psicosociales Por escrito, implantada, mantenida y difundida en el centro de trabajo. | Sí§5.1Sí§5.1Sí§5.1 |
| Identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial Solo de 16 a 50. Arriba de 50 la obligación equivalente es el 5.3. | NoSí§5.2 · §7.1 a) · §7.2No |
| Identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional Solo arriba de 50 trabajadores. Incluye la identificación del 5.2 y añade el entorno. | NoNoSí§5.3 · §7.1 b) · §§7.2–7.3 |
| Medidas de prevención y control de los factores de riesgo psicosocial A los centros de hasta 15 los obligan además los numerales 8.1 y 8.2. | Sí§5.4 · §§8.1–8.2Sí§5.4 · §§8.1–8.2Sí§5.4 · §§8.1–8.2 |
| Acontecimientos traumáticos severos: identificar a quien estuvo expuesto y canalizarlo La canalización va a la institución de seguridad social o al médico del centro de trabajo. | Sí§5.5Sí§5.5Sí§5.5 |
| Exámenes médicos y evaluaciones psicológicas cuando haya signos o síntomas No alcanza a los centros de hasta 15 trabajadores. Es distinto de la canalización del 5.5. | NoSí§5.6Sí§5.6 |
| Difusión de la política, las medidas y los resultados al personal | Sí§5.7Sí§5.7Sí§5.7 |
| Registros de resultados, de las medidas adoptadas y de quienes fueron evaluados No alcanza a los centros de hasta 15 trabajadores. | NoSí§5.8Sí§5.8 |
Herramienta orientativa. No constituye asesoría legal. Los umbrales por número de personas trabajadoras y el detalle exacto de cada obligación están en el texto publicado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social: NOM-035-STPS-2018 en el Diario Oficial de la Federación. Confirma con tu área legal o de seguridad e higiene qué aplica a tu caso: quien verifica formalmente el cumplimiento es una unidad de verificación acreditada, no nosotros.
Los umbrales y el detalle exacto se leen en el texto de la norma publicado por la STPS. Esta guía te orienta; tu área legal o de seguridad e higiene confirma qué aplica a tu caso.
Qué tienes que poder demostrar
En una revisión no se pregunta si te importa el bienestar de tu gente. Se piden papeles. En concreto:
- La política de prevención, por escrito y difundida.
- Los resultados de la identificación y análisis, cuando aplique.
- Las medidas de prevención y control que adoptaste a partir de esos resultados.
- Evidencia de que canalizaste a atención a quien la necesitó.
- Los registros de todo lo anterior, conservados.
Dónde se rompe la implementación
Un error común: se aplica el cuestionario una vez al año, sale un porcentaje preocupante, se comparte una lista de teléfonos de psicólogos y ahí termina.
El problema no es la encuesta. Es que entre detectar y atender hay un hueco que la lista de teléfonos no cierra. La persona tendría que buscar consultorio, pedir permiso para salir, pagar de su bolsillo y arriesgarse a que un compañero se entere. Casi nadie lo hace. Y sin nadie atendido, la parte de "medidas de prevención y atención" queda documentada en el papel pero no en los hechos.
Los tres huecos concretos
- Acceso. Si hay que cruzar la ciudad en horario laboral, no se usa.
- Privacidad. Si la gente sospecha que la empresa se entera de quién fue, no se usa.
- Continuidad. Una sesión suelta no cambia nada; lo que sirve es un proceso sostenido.
Cómo se cierra
Un programa de atención sirve para la norma cuando cumple tres cosas al mismo tiempo: que la gente pueda llegar, que quiera llegar, y que tú puedas demostrarlo sin invadir a nadie.
- Que puedan. Videollamada, agendada desde el teléfono en dos minutos, sin cruzar la ciudad y sin pedir permiso.
- Que quieran. Confidencialidad real y explicada: la empresa nunca sabe quién agendó ni qué se habló. Si eso no queda claro desde el primer anuncio, el programa no despega.
- Que lo demuestres. Reporte agregado —cuánta gente usó el programa, cuántas sesiones, qué temas generales— suficiente para tu expediente y sin un solo dato que identifique a nadie.
El marco legal y de confidencialidad de Soul Healing está redactado por su fundadora, abogada en ejercicio. Cuando tu área legal pregunte quién responde por el manejo de datos, hay alguien con nombre y con título del otro lado.
Qué maneja Soul Healing
De principio a fin, en seis pasos. Cada uno necesita el anterior: si se diseñan acciones antes de evaluar, lo que se está haciendo es inventar el diagnóstico.
Evaluamos
Se aplica entre tu personal el instrumento que corresponde al tamaño de tu centro de trabajo, en línea y de forma confidencial.
Identificamos los riesgos
Análisis de los resultados y clasificación del nivel de riesgo, por área cuando el tamaño lo permite sin exponer a nadie.
Entregamos diagnóstico e informe
Un documento formal, con el detalle que pide la norma y en el formato que tu expediente necesita.
Diseñamos las acciones
Medidas de prevención y control a partir de lo que salió, no de una plantilla.
Atendemos cuando hace falta intervención clínica
Quien lo necesite pasa a consulta psicológica. No todo el que sale con riesgo necesita terapia: parte de las medidas son organizacionales, y confundirlas es caro y no sirve.
Documentamos y damos seguimiento
Evidencia de lo aplicado, de lo atendido y de lo que sigue, con fecha de reevaluación puesta desde el principio.
El ciclo, completo
La norma no se cumple una vez y se archiva. Es un ciclo que se vuelve a recorrer, y lo que se revisa en una auditoría es justamente que haya vuelta anterior.
Qué preguntar a cualquier proveedor
Sirve con nosotros y sirve con quien sea:
- ¿Qué exactamente va a recibir la empresa, y qué no va a recibir nunca?
- ¿Dónde viven los datos clínicos y quién puede abrirlos?
- ¿Las terapeutas se eligen y se mantienen, o es una lista que rota?
- ¿Qué pasa cuando alguien necesita más sesiones de las contratadas?
- ¿Cómo se avisa al personal? Sin eso, el programa no se usa.
Media hora, y te decimos si te servimos
Una llamada con Gisselle Reyes. Te dice qué se puede hacer con el presupuesto que traes y, si no somos la opción, también te lo dice.
Guía orientativa, no asesoría legal. El texto vigente de la NOM-035-STPS-2018 lo publica la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; confirma con tu área legal qué aplica a tu centro de trabajo.